Los taxistas disconformes con
el “punto corrido” rechazan recurrir
la sentencia que confirma la ordenanza del Ayuntamiento
El
“punto corrido”, esa ordenanza del
taxi con la que se pretendió igualar a todos los profesionales que operaban en
el concejo, no distinguiendo entre paradas, y permitiendo que cualquier taxista
haga uso de cualquiera de ellas, se queda.
*Taxis estacionados en la calle Manuel Llaneza. |
La
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Asturias rechazaba el pasado mes de diciembre el recurso interpuesto por la
Asociación Sindical de Taxistas de Mieres y la Sociedad Cooperativa Taxi Villa
de Mieres en contra de la ordenanza. La resolución ha adquirido firmeza,
después de que los colectivos recurrentes hayan rehusado continuar con el
procedimiento, llevando el asunto al Tribunal Supremo.
“Ha quedado avalada la
actuación municipal”,
señalaron fuentes de IU.
Concluye
de esta forma un asunto iniciado en marzo de 2015, cuando el Consistorio optó,
dada la inminente puesta en marcha del nuevo hospital, por un sistema que los
profesionales disconformes
criticaron al no distinguir las paradas y obligar a cobrar los desplazamientos
desde la parada más próxima al lugar del servicio.
Sobre
la ordenanza, la sentencia de la que el TSJA ha destacado que "tiene una motivación clara relacionada
con el interés general”.
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