De la que preparaba la crónica de la semana pasada, sobre la sede electrónica del Ayuntamiento, aproveché para mirar algo en las ordenanzas, algo de lo que quería hablarles desde hace tiempo pero que por uno o por otro, siempre me quedaba sin decir…
Existe dentro de las ordenanzas fiscales una un tanto curiosa y que para mí es una forma de rentabilizar algo que sirve de poco (económicamente hablando): el escudo de Mieres.
Bien, la ordenanza en cuestión señala que para usar el escudo en placas, patentes y otros distintivos análogos (como en portales, publicaciones…), se debe solicitar una autorización a la Alcaldía de forma discrecional, debiendo pagar una tarifa de 47,31 €.
Me fui a echar un vistazo a las de Oviedo, Gijón, Siero y Avilés y no encontré nada parecido. Entonces, ¿es esta una ordenanza antigua, actualizada con el paso del tiempo? ¿Se recaudará mucho dinero por esta vía? En fin, preguntas que me hago.
El caso es que, para quien quiera saberlo, nuestro escudo cumplirá el próximo sábado día 29, 48 años. Fue aprobado por la entonces Dirección General de Administración Local, dependiente del Ministerio de Gobernación del régimen franquista, después de varios años intentando actualizar el que entonces se tenía (probablemente dediquemos un ‘Cómo han pasado los años’ al escudo, estaría bien).
Pues dicho esto, únicamente pedir que si alguien sabe algo de esta tasa (yo investigaré por mi cuenta), tire de comentario. Solo espero no infringir la norma administrativa poniendo el escudo para hablar de él acompañando este tema…
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