Iniciamos
esta semana una serie de reportajes titulados, “Aquí, así”, que hemos preparado recientemente acerca de algo que
nos afecta a todos: los impuestos o servicios del concejo.
Por
las preguntas que nos llegan vía correo electrónico, Facebook o Twitter, hemos
notado un cierto desconocimiento por parte de los ciudadanos sobre la legalidad
vigente en relación con un buen número de obligaciones fiscales.
Con
esta serie de reportajes pretendemos aclarar todas esas cuestiones de una
manera sencilla. Previsiblemente se publicará un reportaje de este tipo cada
mes.
En
esta ocasión toca resolver una serie de cuestiones sobre la tasa por prestación
del servicio de recogida de basuras o residuos sólidos urbanos, o lo que es lo
mismo, la basura.
-¿Cuánto subió de 2012 a
2013?
Depende
de qué tipo de recogida de basuras estemos hablando. Se ha notado el incremento
en el caso de almacenes, bancos, hipermercados… que pasa a ser de más de dos
euros en el caso de recogida diaria y casi cinco en el caso de la no diaria,
así como en el caso de cafeterías, hoteles y similares en el que el aumento ha
sido de dos euros con respecto a 2012.
La
novedad de esta tasa es que en 2013 se ha incluido que todas aquellas viviendas
ubicadas a más de 250 m del punto de recogida (en aquellos lugares donde haya
recogida diaria), pagarán 11,25 € al trimestre. Los precios de las tablas
también son trimestrales.
*La imagen se amplía haciendo clic en ella.
-¿Se puede no pagar si
se cobra menos de 700 €?
En
nuestras ordenanzas se fija que las personas cuyos ingresos brutos no superen
el mínimo salario social básico estarán exentos de pagar la tasa. Se fija una
bonificación del 60 % (en 2012 era del 50%) para aquellos que, superándolo, no
superen el IPREM (www.iprem.com.es/)
-¿Por qué hay sitios en
Mieres donde no se paga la basura?
No
hay sitios en Mieres donde no se pague la basura, lo que hay es gente de esos
sitios que se aferra a ciertas cosas para no pagar la basura… Ello se da
sobretodo en los pueblos, partiendo de tres supuestos:
-El
primero, la persona que ha comprado o heredado una casa que tenía dada de baja
la recogida de basura al no vivir nadie en ella y que una vez suya, se mete a
vivir en ella sin darse de alta en el servicio.
-El
segundo, casas que constan en el registro como cuadras y que al menos hasta el
año pasado no pagaban esta tasa. Para el ejercicio de 2013 sí se recoge que las
cuadras paguen 2,42 € por recogida diaria o 3,23 € por recogida no diaria al
trimestre.
-El
tercero, viviendas situadas lejos (ahora debe ser a más de 250 metros) del
punto de recogida, con recogida no diaria, en torno a las cuales existe una
especie de “vacío legal”.
Se
da sobretodo en pueblos donde el agua o el alcantarillado no se cobran, bien
porque las casas se surtan de manantiales, bien porque tengan su propio
depósito o bien porque tengan fosa séptica (caso del alcantarillado).
-¿Puedo darme de baja
del servicio?
Sí,
por supuesto, siempre que ello se deba a una causa debidamente justificada
(mudanza a otro lugar por un buen período de tiempo, por ejemplo).
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