AQUÍ, ASÍ (I): Basuras

Iniciamos esta semana una serie de reportajes titulados, “Aquí, así”, que hemos preparado recientemente acerca de algo que nos afecta a todos: los impuestos o servicios del concejo.
Por las preguntas que nos llegan vía correo electrónico, Facebook o Twitter, hemos notado un cierto desconocimiento por parte de los ciudadanos sobre la legalidad vigente en relación con un buen número de obligaciones fiscales.
Con esta serie de reportajes pretendemos aclarar todas esas cuestiones de una manera sencilla. Previsiblemente se publicará un reportaje de este tipo cada mes.
En esta ocasión toca resolver una serie de cuestiones sobre la tasa por prestación del servicio de recogida de basuras o residuos sólidos urbanos, o lo que es lo mismo, la basura.

-¿Cuánto subió de 2012 a 2013?
Depende de qué tipo de recogida de basuras estemos hablando. Se ha notado el incremento en el caso de almacenes, bancos, hipermercados… que pasa a ser de más de dos euros en el caso de recogida diaria y casi cinco en el caso de la no diaria, así como en el caso de cafeterías, hoteles y similares en el que el aumento ha sido de dos euros con respecto a 2012.
La novedad de esta tasa es que en 2013 se ha incluido que todas aquellas viviendas ubicadas a más de 250 m del punto de recogida (en aquellos lugares donde haya recogida diaria), pagarán 11,25 € al trimestre. Los precios de las tablas también son trimestrales.
*La imagen se amplía haciendo clic en ella.
-¿Se puede no pagar si se cobra menos de 700 €?
En nuestras ordenanzas se fija que las personas cuyos ingresos brutos no superen el mínimo salario social básico estarán exentos de pagar la tasa. Se fija una bonificación del 60 % (en 2012 era del 50%) para aquellos que, superándolo, no superen el IPREM (www.iprem.com.es/)    

-¿Por qué hay sitios en Mieres donde no se paga la basura?
No hay sitios en Mieres donde no se pague la basura, lo que hay es gente de esos sitios que se aferra a ciertas cosas para no pagar la basura… Ello se da sobretodo en los pueblos, partiendo de tres supuestos:
-El primero, la persona que ha comprado o heredado una casa que tenía dada de baja la recogida de basura al no vivir nadie en ella y que una vez suya, se mete a vivir en ella sin darse de alta en el servicio.
-El segundo, casas que constan en el registro como cuadras y que al menos hasta el año pasado no pagaban esta tasa. Para el ejercicio de 2013 sí se recoge que las cuadras paguen 2,42 € por recogida diaria o 3,23 € por recogida no diaria al trimestre.
-El tercero, viviendas situadas lejos (ahora debe ser a más de 250 metros) del punto de recogida, con recogida no diaria, en torno a las cuales existe una especie de “vacío legal”.
Se da sobretodo en pueblos donde el agua o el alcantarillado no se cobran, bien porque las casas se surtan de manantiales, bien porque tengan su propio depósito o bien porque tengan fosa séptica (caso del alcantarillado).

-¿Puedo darme de baja del servicio?
Sí, por supuesto, siempre que ello se deba a una causa debidamente justificada (mudanza a otro lugar por un buen período de tiempo, por ejemplo).

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